Sociedad

06-11-2021 17:55 - conductas

Las claves del consumo emocional de alimentos y el rol que tendrán los etiquetados frontales

La Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos, recientemente aprobada en el Congreso, permitirá a las personas, etre otras cosas,  "conocer mejor y de antemano" con qué conviene alimentarse, coinciden especialistas.

Por Jos Monzn
Por José Monzón
06-11-2021 | 17:55
 la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos promueva con mayor nfasis la educacin nutricional en los colegios pblicos y privados
la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos promueva con mayor énfasis la educación nutricional en los colegios públicos y privados

La posibilidad de que la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos promueva con mayor énfasis la educación nutricional en los colegios públicos y privados, es lo que en el futuro permitirá a las personas "conocer mejor y de antemano" con qué conviene alimentarse, afirmó el especialista en ciencias del comportamiento, Federico Fros Campelo, quien a su vez relativizó la efectividad de los octógonos negros como modificadores de hábitos y conductas.

"¿La información del octógono negro puede contra tanta tentación de hábitos no saludables? No, no creo que pueda. Por eso, entiendo que es tan importante la educación alimentaría, la cual está prevista en la norma, y eso es lo que me gusto de la ley y lo rescato por sobre el etiquetado frontal", se interrogó y respondió ante Télam Fros Campelo, un joven ingeniero que se desempeña como coordinador de la Certificación Avanzada de Behavioural Science en la Escuela de Innovación del Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA).

Al momento de pararse frente a las góndolas de un supermercado y poner en ejercicio el rito de elección de un alimento, el consumidor "ya tiene los hábitos y las preferencias forjadas y eventualmente tiene hambre y se puede tentar. El rotulado de advertencia, jerárquicamente como proceso informativo, puede estar muy por debajo de esas preferencias y tentaciones", advirtió el especialista.

Los seres humanos primero nos movilizamos por variables motivacionales y emocionales y después interviene la razón. Si yo traslado eso al comportamiento de un consumidor, puedo tener un consumidor frente a una góndola que apetece un producto o lo rechaza a partir de todo el bagaje y aprendizaje que tiene de antemano.Federico Campelo


La Cámara de Diputados convirtió en Ley el Etiquetado Frontal de Alimentos el pasado 26 de octubre, al avalar por amplia mayoría una norma de 24 artículos que busca, entre otros objetivos, que se advierta en los envoltorios de los alimentos los excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud como azúcares, sodio y grasas saturadas.

En octubre del 2020 el proyecto había obtenido la media sanción del Senado pero debió esperar un año para ser tratado en la Cámara Baja, donde obtuvo el aval de 200 legisladores del oficialismo y la oposición y solo 22 votos en contrario y 16 abstenciones, en una sesión donde quedó expuesta la tensión de los argumentos esgrimidos por un sector de la industria alimenticia respecto a a las políticas públicas que intentan preservar la salud de la población.

La Cmara de Diputados convirti en Ley el Etiquetado Frontal de Alimentos el pasado 26 de octubre
La Cámara de Diputados convirtió en Ley el Etiquetado Frontal de Alimentos el pasado 26 de octubre.


- Télam: ¿Qué nos pasa a las personas cuando tomamos decisiones como consumidor?

- Federico Fros Campelo: Nosotros, los seres humanos, tenemos en el cerebro al mismo tiempo funcionando muchos procesos. Y los procesos emocionales son fundamentalmente los que priman en nuestra mente, aunque no nos demos cuenta, a la hora de valorar los estímulos para decidir. Los seres humanos primero nos movilizamos por variables motivacionales y emocionales y después interviene la razón. Si yo traslado eso al comportamiento de un consumidor, puedo tener un consumidor frente a una góndola que apetece un producto o lo rechaza a partir de todo el bagaje y aprendizaje que tiene de antemano.

-T: ¿Y eso qué implica?

- FFC: Que toda esa carga de valoración de un producto en góndola va hacer que ese consumidor pueda racionalizar, es decir utilizar a la razón como abogada defensora. Mira este producto, no le gusta, entonces esgrime un montón de argumentos por los cuales puedo justificar que no me gusta, cuando en la realidad es la inexplicable preferencia o disgusto la que van a hacer que se decante por un producto y no por otro. Dicho esto, se se verá cómo la carga de vida de una persona ante una decisión puede, en su rol de consumidor y en innumerables ocasiones, mucho más que el estímulo puntualmente de adelante.

En otro tramo de su entrevista con Télam, Fros Campelo sostuvo que "la exposición a un rótulo de cualquier color que advierta que un producto contiene determinados componentes favorables o no favorables, no va a regular tan fuertemente en lo inmediato la decisión del consumidor".


-T: ¿Cómo funciona la tentación dentro de nuestras cabezas?

- FFC: Nuestra condición humana tiene un mecanismo, un circuito cerebral de recompensa por el cual las personas gustamos de grasas y azúcares. Entonces, esa preferencia innata que en tiempos inmemoriales, cuando éramos peludos, homínidos en las sabanas de África, nos salvara la vida, hoy en día no funciona de la misma manera en un contexto distinto, si bien el circuito es el mismo porque es congénito, el contexto actual no es de supervivencia. Hoy, la puesta en escena contemporánea es distinta porque se puede buscar la presa, entre comillas, la presa al supermercado, que no es otra cosa que cualquier producto envasado. Entonces, la tentación inmediata que nos puede generar apetecer un producto cargado de dulces, grasas, azúcares y demás va a ser un factor muy poderoso a la hora de elegir un alimento que está por arriba en jerarquía de procesamiento cerebral, a la información que ese alimento puede darnos. Para trazar una analogía, ningún fumador será convencido de dejar de fumar por variables informativas y técnicas como el porcentaje de personas con cáncer de pulmón en determinada edad con trayectoria de fumadores. Los fumadores dejan de fumar por variables emocionales.

- T: ¿Sirve la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos para contribuir a cambiar el comportamiento alimenticio de los argentinos?

- FFC: La norma trata de estimular la educación alimentaria en instituciones tales como colegios. Poca gente habla de eso porque se el debate giró en relación a los octógonos negros que la ley impulsa, cuando, en realidad, en relación al perfilado nutricional de los alimentos, la ley en ningún momento habla de octógonos negros sino que en su artículo seis dice: Utilicen el sistema de perfil de nutrientes que recomienda la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Lo que los ciudadanos de a pie no saben es que los nutricionistas están señalando que el sistema de perfilado nutricional de la OPS es un sistema que por la forma de calcular terminaría llevando a una enorme cantidad de productos a tener octógonos negros y sellos de advertencia en vez de tener un rotulado frontal que pueda aportar más variables que enriquecen la toma de decisiones. El Centro de Estudios sobre Políticas y Económica de la Alimentación (CEPEA), de la Argentina, señaló que el 84 por ciento de los productos en góndola iban a terminar con algún octógono negro.

Tras ponderar la oportunidad que la flamante norma otorga al sistema educativo para promover hábitos alimentarios saludables entre los niños y los adolescentes, Fros Campelo enfatizó que esa instancia será la que podrá propiciar un "contexto de educación" que "permita a las personas conocer mejor y de antemano qué le conviene comer y qué no".

La ley de Etiquetado Frontal impulsa como estrategia la educación alimentaria en los colegios

La Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos contiene una serie de disposiciones que van más allá de la impresión de octógonos negros en los envases, y entre otras cuestiones centrales estipula que el Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.

La iniciativa, además, determina que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.

A su vez, la norma dice que el Estado nacional deberá priorizar las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.

Asimismo, se encomienda al Poder Ejecutivo la reformulación del texto del Código Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la presente ley.

La norma establece algunos de estos criterios en los siguientes artículos:

Articulo 12°

Punto b) Definir la adopción de un modelo de nutrientes basado en evidencia científica y alineado con las recomendaciones alimenticias para Argentina, en consideración de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS). El mismo deberá ser revisado y actualizado, en caso de ser necesario, en un período no superior a los 5 años.

Punto c) Elaborar en conjunto con el Ministerio de Educación Nacional, con acuerdo con el Consejo Federal de Educación, actividades tendientes a la concientización educativa de los estudiantes para la correcta interpretación del etiquetado, la promoción de la alimentación saludable y la defensa del consumidor.

Artículo 14 º. Instituciones educativas. Los alimentos y/o bebidas referidos en el artículo 5º (uno o más octógonos negros) no podrán ser expendidos, comercializados, promocionados y/o publicitados dentro de las Instituciones Educativas comprendidas en la Ley 26.206 de Educación Nacional o la norma que en un futuro la reemplace.

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