"Nuestra expectativa es ver cómo va a ser reglamentado el fuero, en cumplimiento de los plazos para que se ponga en marcha", reflexionó en diálogo con Télam, y agregó que de esa forma "los consumidores tendremos una vía más rápida e idónea para resolver los reclamos".
Recordó que la ley prevé 180 días para integrar el fuero con la elección de los ocho nuevos jueces de primera instancia y seis jueces de cámara divididos en dos salas, selección que estará a cargo del Consejo de la Magistratura.
Dijo que hasta ahora, en el sistema de Arbitraje de Consumo, las empresas concurrían solamente si habían adherido previamente a esa modalidad y ahora estarán obligadas a presentarse y serán pasibles de multa en caso de que no concurran.
Los conciliadores surgirán de acuerdo al registro de mediadores que confeccione la secretaría de Justicia de la Nación.
"Todas estas reformas visibilizan en la agenda pública a los consumidores. Tuvieron modificaciones en el Senado, cuando se excluyó a las pymes de la Ley de Abastecimiento", recordó.
Respecto a la reforma de la Ley de Abastecimiento, que tuvo más visibilidad mediática que las otras normas en defensa del consumidor, Blanco Muiño dijo que las potestades de la Secretaría de Comercio para intervenir en la cadena de formación de precios y en caso de ser necesario en situaciones de abusos fijar márgenes de ganancia a empresas, "son facultades que ya estaban incluidas en la ley de 1974 que no fue ejercida en 40 años. La duda empresarial es cómo se puede aplicar".
Respecto del Observatorio de Precios, dijo que lo considera "innecesario, porque ya existe el Indec" para esos temas, pero se mostró "respetuoso de lo decidido por los funcionarios públicos".
Recordó que la ley prevé 180 días para integrar el fuero con la elección de los ocho nuevos jueces de primera instancia y seis jueces de cámara divididos en dos salas, selección que estará a cargo del Consejo de la Magistratura.
También resaltó que en el ámbito administrativo se creó el servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (Coprec) que obliga a las empresas a conciliar ante los reclamos de los consumidores."Los consumidores tendremos una vía más rápida e idónea para resolver los reclamos"”
Dijo que hasta ahora, en el sistema de Arbitraje de Consumo, las empresas concurrían solamente si habían adherido previamente a esa modalidad y ahora estarán obligadas a presentarse y serán pasibles de multa en caso de que no concurran.
Los conciliadores surgirán de acuerdo al registro de mediadores que confeccione la secretaría de Justicia de la Nación.
"Todas estas reformas visibilizan en la agenda pública a los consumidores. Tuvieron modificaciones en el Senado, cuando se excluyó a las pymes de la Ley de Abastecimiento", recordó.
Respecto a la reforma de la Ley de Abastecimiento, que tuvo más visibilidad mediática que las otras normas en defensa del consumidor, Blanco Muiño dijo que las potestades de la Secretaría de Comercio para intervenir en la cadena de formación de precios y en caso de ser necesario en situaciones de abusos fijar márgenes de ganancia a empresas, "son facultades que ya estaban incluidas en la ley de 1974 que no fue ejercida en 40 años. La duda empresarial es cómo se puede aplicar".
Respecto del Observatorio de Precios, dijo que lo considera "innecesario, porque ya existe el Indec" para esos temas, pero se mostró "respetuoso de lo decidido por los funcionarios públicos".