
El jurista aclaró que los postulantes "son personas idóneas", sin embargo cuestionó "la forma de designación" y consideró que "si bien es verdad que la Corte debe funcionar con la cantidad de integrantes que garantice una eventual mayoría, en caso de receso la solución es la designación de conjueces, sin necesidad de hacer una interpretación extensiva de artículo 99 de la Constitución".
"Este artículo no es aplicable a los jueces de la Corte, sino a otra categoría" señaló, al tiempo que insistió en que "no" comparte "el criterio". "Deberían haber apelado a designar conjueces que están para esto", apuntó.